sábado, 5 de septiembre de 2020

TENSIONES EN LA FUNCIÓN PÚBLICA EN PROCESOS DE TRANSICIÓN.

"Quienes asumen un cargos en la administración pública deben actuar pensando que el trato que dan hoy a quienes sustituyen lo recibirán mañana cuando sean sustituidos. Ese que hoy cancela, mañana puede ser cancelado por quien canceló y así se activa el círculo vicioso que se reproduce cíclicamente".

Las relaciones laborales entre el Estado y los servidores públicos en República Dominicana se rigen por la Constitución de la República, la Ley 41-08 y la normativa complementaria. Ahí se establecen los principios rectores de la función pública, los sistemas y subsistemas que la conforman; así como los procedimientos para gestionarlas.

Sin embargo, tras cada proceso electoral, las autoridades resultantes del mismo obvian muchos de los preceptos normativos instituidos para la separación, ingreso, ascensos y la promoción en la función pública. La necesidad de cumplir compromisos contraídos con militantes, simpatizantes y electores convierte a la nómina pública en un preciado botín y eso coloca al funcionariado público en la línea de fuego.

En cada cambio de gobierno se produce la sustitución de gran parte de los servidores públicos, sin importar capacidad, experiencia, compromiso, desempeño o condición laboral. Eso evidencia el bajo nivel de institucionalidad de la administración pública y llama a redoblar esfuerzos para superar esa tendencia. Aplicar correctivos y aplicar los procedimientos ayudan a superar las distorsiones que debilitan la función pública.

El artículo 1 de la Ley de Función Pública se lee lo siguiente: “La presente ley tiene por objeto regular las relaciones de trabajo de las personas designadas por autoridad competente para desempeñar los cargos presupuestados para la realización de funciones públicas en el Estado, los municipios y las entidades autónomas, en un marco de profesionalización y dignificación laboral de sus servidores”. No hay que ser especialista en la materia para entender que hay reglas que, aunque débiles, regulan las relaciones entre la administración pública y sus servidores.

En los procesos de transición, las tensiones, choques y roces entre las cúpulas partidarias se convierten en algo común por el reparto de cargos. Pareciera que el partido que encabeza la coalición de gobierno no tiene otra prioridad que no sea sustituir al funcionariado por gente vinculada a su proyecto sin tomar en cuenta los procedimientos y normativas que rigen la función pública. Avanzar en materia de institucionalización de la función pública ha costado mucho al país y los políticos no asumen ni respetan las normativas que la rigen.

El país ha logrado un marco normativo que debiera ser suficiente para garantizar procesos de transición donde se preserven los derechos de los servidores públicos, se garantice la transparencia y la continuidad del Estado[1]. Un gobierno es pasajero, el Estado es permanente y ese horizonte temporal de los cargos electivos debe ser condición suficiente para respetar la institucionalidad pública y los recursos humanos que la sustentan.

Los procesos de reforma y modernización del Estado desarrollados en el país a partir de 1996 dieron un marco jurídico que creó las bases para el establecimiento de una función pública eficiente, transparente, profesional e institucionalizada. Lamentablemente, el liderazgo político desconoce todo lo que hagan quienes les adversan y cada cambio de gobierno impone una agenda que pocas veces se corresponde con los marcos normativos vigentes.

Ojalá que esta reflexión sirva para que quienes asumen funciones públicas entiendan que la institucionalidad de la administración pública, la transparencia en los procesos de gestión y la observancia del marco normativo son la base para garantizar eficiencia, pero esto no se logra sin funcionarios públicos profesionales, comprometidos con los principios éticos y conscientes de la importancia de la labor que realizan.

Dejo aquí algunas cuestiones que pueden servir de base al necesario debate que debe darse para lograr que el país, no solo se institucionalice, sino que avance en materia de modernización de la administración pública y gestión de talento humanos[2]. El derecho a servir a la sociedad desde el Estado no debe supeditarse a las acciones clientelares que caracterizan los procesos de transición en República Dominicana.

Hagamos un recorrido mental por la historia política dominicana de los últimos 30 años y encontraremos insumos suficientes para comprender la necesidad de regular los procesos de transición para disciplinar al liderazgo político e imponer una normativa clara y efectiva. No es aconsejable voltear la cara ante tan preocupante realidad, sobre todo, si se quiere avanzar hacia una institucionalidad política que sustente al Estado Social y Democrático de Derecho.

El primer requerimiento de los funcionarios entrantes es pedir las nóminas para hacer la distribución de los cargos entre sus acólitos. Aclaro, que durante el proceso electoral se distribuyen los cargos principales y una vez en el poder, se concretan la promesas. Lo que se produce no es una transición organizada ni mucho menos un proceso institucionalizado, es una especie de asalto a la administración pública que pone en riesgo a todo el funcionariado público. Lo mismo sucede en las Ayuntamientos y Distritos Municipales.

Si los cargos públicos se asumen como una mercancía que sirve para pagar favores políticos, estamos ante una forma de clientelismo que afecta la calidad e institucionalidad de la función pública y pone en riesgo la eficiencia de la gestión de gobierno. Formarse en la administración pública y adquirir experiencia sirve de poco cuando llega el momento de asumir el poder. Atropellos, asedio, acoso, discriminación, descalificación, desconsideraciones y hasta agresiones se hacen cosa común.

Erróneamente se asume que toda la burocracia pública está alineada a la corriente política que sale del gobierno, sin tomar en cuenta que la mayoría del funcionariado público trabaja para el Estado, no para el gobierno que lo gestiona. Es fundamental que se valoren las capacidades, compromiso y experiencia de quienes deciden trabajar para la administración pública. Además de ser un derecho constitucional, es una oportunidad para servir a la sociedad.

No se trata de negar a las nuevas autoridades la posibilidad de crear equipos que le ayuden a implementar el plan de gobierno, sino de cuidar la institucionalidad pública. Se trata de que se tomen en cuenta las políticas, procedimientos y principios establecidos en los marcos normativos. Asumir que el gobierno, como gerente del Estado debe fundamentar sus acciones en la legalidad, eficiencia y transparencia.

Preservar los recursos humanos es fundamental para el Estado, dado las grandes inversiones que se hacen en la capacitación del mismo. Entender cuestiones de Estado, Política, Gobierno, Poder, Servicios Públicos, Institucionalidad Pública, Administración Pública, Políticas Públicas, Procesos Administrativo, Ética Pública, Gestión Pública, Transparencia Administrativa, entre otras categorías, exigen formación y especialización de la función pública. Sanear la nómina pública es una cosa, desmantelar la función y la administración pública, pasando la aplanadora como se dice popularmente.

“La separación de servidores públicos que pertenezcan a la Carrera Administrativa en violación al régimen de la Función Pública será considerada como un acto contrario a la Constitución y a la ley”. Sentencia la Constitución de la República para proteger la función pública[3], especialmente a los servidores de carrera, pero en la oleada de cancelaciones muchos quedan atrapados en la turbulencia de la mar revuelta.

Pretender resolver el problema del desempleo, cancelando unos para emplear a otros contraviene los principios que sustentan el derecho al trabajo digno. Lo ideal es que se establezcan políticas públicas y se encaminen acciones para fomentar empleos. No es aconsejable prescindir de servidores públicos que sirven al Estado, no a un gobierno.

La Carta Magna[4], la Ley de Función Pública, la Ley Municipal y la Ley de Administración Pública, entre otras establecen mecanismos para gestionar de la administración pública y los recursos humanos en el sector público, pero eso cae en el limbo jurídico tras cada proceso electoral. Las modalidades instituidas en la normativa para acceder a cargos públicos son ignoradas y se inicia la zafra de designaciones, sustituciones y nombramientos.

Es necesario que los funcionarios que asumen la dirección del Estado reciban formación previa sobre las normas, procedimientos y principios que rigen la administración pública. Las organizaciones políticas deben trabajar en la formación de los futuros funcionarios, ya que facilita la renovación del liderazgo directivo. Esto es válido, tanto para los cargos electos, como para los designados.

Desconocer las funciones del cargo que se asume o se aspira desdice las proclamadas intenciones apuestan transformación promovidas durante las campañas políticas. Formarse para servir es una consigna indispensable. Una vez inserto en la función pública debe comenzar un proceso más amplio de formación que inicia con cursos de inducción impartidos por el Instituido de Administración Pública.

Los cambios de autoridades generan incertidumbre en la población y desasosiego en el funcionariado público, dada las promesas que hacen quienes se postulan a cargos electivos. Otros países han resuelto la cuestión institucionalizando la función pública, estableciendo sistemas de carreras basados en el mérito, la capacidad y la estabilidad de los cargos públicos.

Tanto en el Gobierno Central como en los Ayuntamientos y Distritos Municipales los despidos injustificados de servidores capacitados y con experiencia impide del desarrollo de una función pública institucionalizada. Para el caso de los ayuntamientos, se trabajó una propuestas de Carrera Administrativa Municipal que fue sepultada por el clientelismo y la desidia de quienes accionan en esos entornos. Tanto la Reforma y Modernización del Estado como la Reforma Municipal han caído en un punto muerto y eso afecta a la burocracia pública.

La inobservancia de los procedimientos y principios establecidos en la normativa que rige la gestión pública coloca al país en desventaja con respecto a las corrientes que apuestan a la institucionalización y profesionalización de la función pública. De ahí la importancia de establecer una normativa que pongan límites a las autoridades salientes y condiciones a las entrantes. No puede ni debe ser la ley de la selva. La continuidad del Estado tiene que ser preservada por el bien del país, de la clase política y el de la democracia.

La Carta Magna establece en su artículo 142 que: “El Estatuto de la Función Pública es un régimen de derecho público basado en el mérito y la profesionalización para una gestión eficiente y el cumplimiento de las funciones esenciales del Estado. Dicho estatuto determinará la forma de ingreso, ascenso, evaluación del desempeño, permanencia y separación del servidor público de sus funciones”. Como puede apreciarse desconocer estos preceptos constituyen una violación constitucional que implica sanciones.

De igual forma, la Ley 247-12[5] establece claramente el objetivo de la administración pública. En su artículo 5 dice lo siguiente: “La Administración Pública tiene como objetivo principal satisfacer en condiciones de eficacia, objetividad, igualdad, transparencia, publicidad y coordinación y eficiencia el interés general y las necesidades de sus usuarios y/o beneficiarios, con sometimiento pleno al ordenamiento jurídico del Estado. Es tarea fundamental de todo integrante de la organización administrativa participar de las funciones esenciales del Estado destinadas a procurar el desarrollo humano pleno a fin de que la calidad de vida de toda persona corresponda a los supuestos que exige su dignidad de ser humano”.

Garantizar los derechos fundamentales de quienes sirven al Estado desde la administración pública debe ser la prioridad, no su sustitución sin justificaciones. Se sabe que la ley de función pública solo garantiza derechos a los servidores de carrera administrativa, dejando desamparado a quienes no han podido entrar al sistema. Es tiempo de accionar para que se supere la obsolescencia normativa.

Gente con 10, 15, 20, 25 años de servicio al Estado quedan sin prestaciones dado las perversidades de la Ley de Función Pública[6] que sólo dispone que, en caso de despidos o renuncia, los funcionarios que no sean de carrera solo recibirán el pago de vacaciones y la proporción del salario 13 que le corresponda. Es evidente, que el Estado no cumple a sus servidores lo que exige al sector privado[7]. El Estado tiene que cumplir lo que exige. La única vía que dejan al servidor o servidora público cancelado es recurrir al Tribunal Superior Administrativo, luego de agotar los procedimientos internos y en el Ministerio de Administración Pública.

A esto hay que sumar las frecuentes persecuciones contra quienes provienen de gestiones anteriores y el asedio sistemático al que es sometido todo el funcionariado público. Formas denigrantes como el acoso laboral, la marginación y la discriminación se hace norma cuando se produce un cambio de autoridades. Cuando la gente joven ven el trato que reciben sus padres, madres, amigos, maestros y todo el funcionariado que sirve al Estado llegan a la conclusión de que ser servidor público es una opción que no asumirían.

¿Cuánto cuesta formar a un servidor o servidora pública y cómo preservar sus derechos? Doctorados, maestrías, licenciaturas, especialidad en políticas y administración pública van al zafacón en cada período de transición junto con la experiencia de quienes son separados de la administración pública. Reforzar la Carrera Administrativa es una necesidad para garantizar una función pública motivada, eficiente y comprometida con el desarrollo del país.


¿Por qué el Estado no reconoce los derechos a los funcionarios que ingresan a la administración pública sin haber participado al concurso? Es tiempo de superar esas falencias y diseñar mecanismos que garanticen prestaciones, respeto y ascenso a los servidores estatales, en cualquier nivel de la administración pública. Crear la percepción de que servir al Estado desde la función pública denigra, corrompe y pervierte es una seria amenaza para la administración pública.

Hay quienes pretenden y así lo pregonan, que los gobiernos deben desconocer las acciones ejecutadas por quienes le preceden, incluida las capacidades de la burocracia. Hasta en los procesos de refundación de los Estados hay principios que se respetan, y entre esos, se debe incluir el respeto a la dignidad humana del personal que sostiene la administración pública. El país ha firmado el Código de Buen Gobierno y la Carta Iberoamericana de la Función Pública, entre otros compromisos y todo parece nada.

Hay que aspirar a vivir en una sociedad donde las normas se cumplan, predominen los principios éticos y los valores cívicos sean reglas, no excepciones. Eso exige que las autoridades y el liderazgo político respeten las normativas y superen las prácticas clientelares que ponen en riesgo, no solo la institucionalidad democrática del país, sino también, el principio de continuidad del Estado. Entender los procesos de transición como una oportunidad para mejorar y construir, no destruir. Eso sería cambiar positivamente.

Que la falta de oportunidades de empleo sea suplida con políticas públicas que generen espacios para la colocación de la gente es tarea que deben emprender los gobiernos. Esas políticas deben priorizarse e institucionalizarse en coordinación con el sector privado. Sustituir y cancelar servidores públicos sin razones justificadas es una práctica que habrá que superar para evitar el debilitamiento y clientelización de la administración pública.

Acosar, perseguir, degradar, marginar, discriminar y atropellar se ha hecho norma en los procesos de transición. La dignidad y el decoro de los servidores públicos es estropeado por quienes se consideran con derecho a disponer a su antojo de la administración pública. Las capacidades humanas y las experiencias son fundamentales para la gestión del conocimiento en la administración pública. Cuidarlas es obligación de quienes la gestionan.

La Carta Sustantiva establece que la “La dignidad del ser humano es sagrada, innata e inviolable; su respeto y protección constituyen una responsabilidad esencial de los poderes públicos[8]”. Cumplir ese mandato incluye, respetar la dignidad y el decoro de los servidores públicos. Es un reto para el liderazgo político hacer valer este mandato para evitar trato inhumano y degradante con los servidores del propio Estado.

Nada justifica el trato denigrante que recibe el funcionariado que se ha formado y dedicado su vida a servir a la sociedad desde la administración pública. Desde un humilde conserje, chofer o mensajero hasta un técnico o gerente especializado son tirados a la calle sin el más mínimo criterio gerencial. Superar esa mala y denigrante práctica, pasa por el fortalecimiento y actualización del marco que rige la función pública. Las autoridades están para cumplir las normativas, no para violentarlas.

El liderazgo político debiera entender que la función pública es asunto de Estado y permanente, no una cuestión coyuntural de gobierno. Se debe romper el círculo vicioso de cancelar a servidores que se han desempeñado con ética y eficiencias para sustituirlos por un personal que desconoce la dinámica operativa de la función pública. Gestionar la administración pública exige capacidades, compromiso y habilidades que se desarrollan. La gerencia pública no es un juego de azar, es una especialidad indispensable para el desarrollo de los pueblos.

El Ministerio de Administración Pública, MAP debe abocarse con urgencia a coordinar con la Oficina Nacional de Estadísticas, ONE y otras entidades del país, la organización y realización de un censo nacional de servidores públicos para establecer claramente cuáles son los niveles de institucionalidad, la cantidad de servidores estatales, las características básicas de la función pública, el estatus y los perfiles del funcionariado público. Ya se hizo a finales del siglo pasado pero sus resultados son pocos conocidos.

Otra cuestión que se debe abordar con urgencia es la que tiene que ver con las asociaciones y la federación de servidores públicos instituidas en la Ley 41-08. Esas entidades deben servir como entes de intermediación entre las autoridades y los funcionarios públicos. Con su activación, no solo se da cumplimiento a las leyes, sino que se abre un espacio de diálogo para resolver conflictos y solucionar problemas.

Permitir el desmantelamiento de la administración pública en cada cambio de autoridad es un acto irresponsable que compromete a todo el Estado y ser superado si se quiere avanzar en la profesionalización e institucionalización de la administración pública. Al MAP le toca, no solo establecer las políticas de gestión de recursos humanos en el Estado, sino cuidar porque esas políticas se ejecuten tal como mandan la Constitución y las leyes. Hasta ahora es materia pendiente y cada funcionario acciona en su ámbito como le parece.

El Ministerio de Administración Pública como órgano rector tiene que hacer valer el marco normativo que la rige. No pude ser sumisa ni complaciente porque eso la neutraliza para sancionar acciones que atenten contra la estabilidad de la función pública. Demostrar debilidad institucional e incapacidad operativa coloca a la entidad en una situación difícil y estaríamos ante un cuadro preocupante que puede impedir el cumplimiento de los mandatos normativos.

Cuando un partido, gobierno u autoridad cancela a miles de servidores públicos sin justificaciones convincentes, empieza construir la fuerza opositora que lo sustituirá. La gente que sale de la administración pública con información, experiencia y conocimientos. Se van a masticar su amargura y armar su venganza en las urnas. Caer en ese círculo vicioso sería una fatalidad para la gestión pública.

Es una acción que se traduce en frustración para unos y desencanto para otros. Frustración para quienes han dedicado décadas a servir a la sociedad del desde la administración pública y desilusión para la gente joven que es separado del cargo sin más razones que haber sido parte de la gestión anterior. Este último grupo es especialmente importante.

Esa gente joven formada y comprometida que es cancelada empieza a cuestionar el comportamiento del liderazgo político y su actitud frente a la gestión pública. Unos abandonan las posibilidades de hacer carrera en la administración pública porque no encuentran protección a sus derechos; otros continúan preparándose para volver.

Se ha hecho costumbre y casi parece normal que en el Estado se entra por favoritismo, amiguismo o filiación, no como establece la normativa. Eso es una de las justificaciones para los despidos masivos e indiscriminados que se observan cíclicamente. Es tiempo de acogerse a las modalidades instituidas para el ingreso a la administración pública. Que se respeten los concursos de oposición y que quienes pasan a formar parte de la función pública encuentren la protección de sus derechos y reciban el trato que merecen.

Quienes asumen un cargo en la administración pública deben actuar pensando que el ato que dan hoy a quienes sustituyen lo recibirán mañana cuando serán sustituidos. Ese que hoy cancela mañana puede ser cancelado por quien canceló y así se activa un círculo vicioso que pone en riesgo la institucionalidad de la administración y la función pública. 

Todo eso sucede ante la mirada indiferente y hasta complaciente del Ministerio de Administración Pública que toma partido a favor de quienes detentan el poder. Por tanto, las acciones orientadas a adecentar y sanear la nómina pública se convierten en una cacería que no toma en cuenta la condición económica, estado de salud, edad, formación académica, la experiencia o el estatus del funcionariado público y pagan a justos por pecadores.

La excusa recurrente es que están eliminando las "botella" y bajo esa premisa juntan a tirios y troyanos. Nadie se opone que quienes no tienen funciones en una institución cobre sin trabajar, pero las cancelaciones masivas incluyen a muchísima gente con méritos, experiencia y capacidad.

Corregir esto y cerrar el círculo vicioso se hará difícil mientras el Ministerio de Administración Pública, asuma las posiciones que exhibe frente a un problema que es exclusivamente de su competencia. No se puede ser juez y parte en ningún proceso, menos aún, en la gestión de las relaciones laborales en el sector público donde riñen el rigor técnico con el clientelismo y el patrimonialismo.

La profesionalización e institucionalización de la función pública es un requisito para garantizar la eficiencia, transparencia, equidad, y la calidad de los servicios que ofrece la administración pública[9]. Que la dinámica caudillista, clientelar y paternalista imponga sus reglas solo es posible si el liderazgo político lo permite o lo promueve. Es imperativo hacer conciencia de los problemas que se derivan de un accionar divorciado de la lógica normativa y la dinámica operativa en la gestión pública.

Avanzar hacia una cultura política que valore la función pública y supere el clientelismo exige la superación del analfabetismo cívico y el analfabetismo político para generar un compromiso ético que sirva de sustento a la institucionalidad democrática. Sin gente capaz, motivada y con experiencia en el manejo de la administración pública, difícilmente se logrará una sociedad donde impere la justicia social y se superen las diversas formas de pobreza.

Es importante recordar el mandato constitucional de que todo ciudadano tiene derecho a acceder a un cargo público, bajo los parámetros instituidos en los marcos normativos. Las organizaciones políticas deben evitar ofertar cargos durante la campaña electoral para que sus miembros, simpatizantes y militantes no cifren sus esperanzas en el acceso a cargos públicos para el que no se han formado. Los perfiles establecidos en la estructura de cargos deben ser la guía para la renovación de los cuadros directivos en la administración pública.

El liderazgo político y la gerencia pública deben trabajar para cumplir el mandato establecido en el artículo 216, especialmente el numeral 3[10], que establece que las organizaciones políticas deben “Servir al interés nacional, al bienestar colectivo y al desarrollo integral de la sociedad dominicana”. Es una vieja tradición que debe superarse. Quienes reúnan los requisitos y perfiles pueden optar por concursos, ya que, de no superarse esa parte, se exponen a padecer el mismo trato en otros escenarios.

Hemos reflexionado sobre cuestiones fundamentales para la institucionalidad democrática en general y la administración pública en particular, partiendo de las vivencias durante 5 procesos de transición desde el 1996 hasta la fecha. La intención no es descalificar o encasillar una u otra gestión; es llamar la atención sobre una problemática para que el país entre en un debate que coloque a la gente en el centro de su accionar para avanzar en la profesionalización e institucionalización de la función y la administración en base a un funcionariado con capacidad y motivación para encarar los retos del desarrollo e impulsar las acciones que hagan del país un referente institucional en materia de función pública.

Las cuestiones planteadas en esta reflexión se pueden resumir en lo siguiente:

Respetar la función pública en períodos de transición para evitar el desmantelamiento de los sistemas de gestión de recursos humanos, garantizar la continuidad del Estado y preservar la memoria institucional.

Modificar la Ley de Función Pública para incluir el pago de prestaciones o cualquier beneficio, tal como hace el sector privado a los servidores cancelados o que renuncian de sus cargos, ya que lo contrario no sólo es ilegal e inhumano sino perverso.

Crear una Ley que regule y establezca mecanismos que garanticen los derechos del funcionariado público, la transparencia en los procesos de transición y ponga límites al accionar de las autoridades salientes durante el período de transición en torno a la función pública.

La idea no es, ni puede ser, impedir que las autoridades entrantes nombren a quienes consideren merecedores de un cargo público, sino que esos nombramientos se hagan apegados a la normativa vigente y respetando los derechos de los funcionarios públicos.

Los partidos que encabezan la coalición de gobierno son responsables ante la sociedad de las acciones que encaminan y para lograr resultados necesitan capacidad, experticia y compromiso.

Exigir al liderazgo político que cumplan las normativas vigentes al momento de asumir los cargos públicos para garantizar que las acciones ejecutadas por el gobierno saliente sean auditadas, evaluadas y valoradas.

Instituir mecanismos que preserven la capacidad técnica desarrollada en la función pública, que garanticen la memoria institucional, evitando que se borren informaciones relevantes de las webs institucionales o de los archivos sin las precauciones debidas.

Promover el fortalecimiento de la Carrera Administrativa y establecer reglas claras para la gestión de las relaciones entre el funcionariado público, privilegiando el respeto a la dignidad humana, la igualdad de derechos y la justicia.

Organizar un censo nacional de servidores públicos para establecer claramente cuáles son los niveles de institucionalidad, la cantidad de servidores estatales, las características básicas de la función pública, el estatus y los perfiles del funcionariado público.

10. Trabajar en el fortalecimiento de las Asociaciones de Servidores Públicos y la Federación Nacional de Servidores Públicos para que sirvan de entes mediadores y ayuden a resolver conflicto entre funcionariado público, que vele por la salud de la función pública y represente los intereses de los servidores públicos.

Con voluntad política, compromiso ético, capacidad gerencial, aplicando y respetando las normas que rigen la administración pública se puede avanzar en el largo, angosto y accidentado camino hacia la institucionalización de la función pública. Que no se olvide que todo pasa y todo queda y que se hace camino al andar”, como bien dijo el poeta Antonio Machado.



[1] Hay quienes afirman que el país tiene un exceso de leyes, sin embargo, los niveles de aplicación y cumplimiento son exageradamente bajos ¿De qué sirve tener muchas leyes si no hay disposición para aplicarlas y voluntad para cumplirlas?

[2] Las políticas de gestión humana en la sociedad del conocimiento son fundamentales para el desarrollo de capacidades institucionales en la administración pública.

[3]Protección de la Función Pública. Artículo 145. Constitución Política de República Dominicana 2015.

[4] Ver artículos del 138 al 148 de la Constitución Política de República Dominicana, 2015.

[5] La Ley 247-12 de Administración Pública y Ley No. 107-13 sobre los Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, conjuntamente con la Ley No. 105-13 sobre Regulación Salarial del Estado Dominicano tienen un bajísimo nivel de cumplimiento y son casi desconocidas.

[6] Ley 41-08 que rige la Función Pública requiere una actualización urgente y en ella deben incluirse mecanismo que garanticen los derechos de todo el funcionariado público, en cualquiera de los niveles de la estructura estatal.

[7] El Estado obliga a los empleadores privados a garantizar una serie de derechos. Se debe establecer la misma modalidad para el sector público. Las prestaciones laborales y otros beneficios son derechos adquiridos y se deben cumplir en cualquier ámbito.

[8] Artículo 38 de la Constitución Política de República Dominicana, 2015.

[9] La Carta Iberoamericana de Función Pública y el Código de Buen Gobierno, Instrumentos auspiciados por el Centro Latinoamericano para el Desarrollo, CLAD, y firmados por el Estado dominicano se establecen una serie de principios que se orientan en esa dirección.

[10]Artículo 216, numeral 3. Constitución Política de República Dominicana 2015.