viernes, 14 de junio de 2024

LA REFORMA CONSTITUCIONAL EN PERSPECTIVAS.

"He afirmado que en la República Dominicana tenemos tantas constituciones como reformas realizadas a ésta, o una sola Constitución que ha sido reformada en 38 oportunidades". Dr. Milton Ray Guevara, 2014

La Constitución Política es un documento de base jurídica que define los perfiles institucionales y establece los lineamientos normativos de la sociedad que la sustenta. En República Dominicana, el constitucionalismo formal inicia en 1844, específicamente el 6 de noviembre cuando se promulgó la primera Carta Magna que conoció el país. Lógicamente, ese documento tuvo como antecedentes el Manifiesto del 16 de enero del mismo año.

La primera reforma a la Ley de Leyes se produce en 1854 durante el gobierno del Gral. Pedro Santana, diez años después de la proclamación de la Independencia Nacional. Ahí inicia, una alocada carrera de reformas que aún no concluye. Cada gobierno, grupo o partido en el poder, quiere tener su propia Constitución. 

El país ha conocido ensayos de Asamblea Constituyente combinado con Asamblea Revisora hasta pasar por una “Consulta Popular”, que, aunque carente de base normativa, generó gran entusiasmo y realizó aportes significativos a la reforma constitucional del 2010. Sin importar la modalidad de reforma, el pueblo ha sido el gran ausente en la inmensa mayoría de proceso.

La Constitución Política de República Dominicana se ha modificado o reformado decenas de veces. La última se realizó en 2015 durante el gobierno del Partido de la Liberación Dominicana, encabezado por el Lic. Danilo Medina Sánchez. Dicha reforma está precedida de otra gran reforma, la más completa en lo que va de siglo, realizada por el propio partido en 2010, encabezada por el Dr. Leonel Fernández Reyna.

Cada reforma constitucional, cerca de 40 hasta la fecha, generan tensas, complejas y amplias discusiones, en todos los ámbitos de la sociedad dominicana. La amalgama de temas asociados a los debates, siempre han incluido, de forma recurrente la insidiosa reelección presidencial. Tanto pesa ese tema, que se ha convertido en una especie de fantasma que acosa, de forma especial, a quienes están en la oposición política. Ver en https://www.tribunalconstitucional.gob.do/cec/publicaciones/la-constitucio-n-dominicana-y-sus-reformas-1844-2010/ 

El texto fundacional de 1844 recogió experiencias de la Constitución de Cádiz de 1812, la haitiana de 1801, la de Filadelfia de 1787 y la francesa de 1793, entre otras. De allá hasta la fecha, cada esfuerzo por reformar la Constitución Política del país expresa los intereses predominantes de las fuerzas hegemónicas. En esa tendencia se inscriben hasta los textos de mayor trascendencia.

Mención especial merecen las constituciones de 1857, 1963, 1994 y 2010. Esos textos, han sido considerado como los mas completos. Los mismos, uno más que otros, amplían los derechos fundamentales; así como aspectos concernientes a la organización del Estado. Mucha de las reformas trascendentes no ha sido aplicada, especialmente, lo referente a los derechos sociales.

El constitucionalismo dominicano ha sido impulsado por sectores que oscilan entre liberales y conservadores, salvo el caso de la Constitución de 1963 que recogió el Programa del Movimiento de Liberación Dominicana que sirvió de plataforma programática a los expedicionarios de 1959 y que planteaba una reforma constitucional vía constituyente, entre otras propuestas revolucionarias.

Tras ese largo recorrido del Siglo XX, saldado con más de 35 modificaciones constitucionales, permeadas por altibajos ideológicos e imposiciones imperialistas, llegamos al Siglo XXI con el sable reformista desenvainado y listo para atacar. Tanto el sector del gobierno como la oposición tensan la cuerda y empiezan a surgir contradicciones en el bloque de poder. Al margen, y ojalá que los sectores de izquierda asuman mayor protagonismo y se involucren críticamente al proceso.

Múltiples proyectos de reforma constitucional se han elaborado en el país, algunos muy costosos, especialmente los que han sido diseñado por expertos o comisiones de notables, incluso, algunos provenientes de universidades o productos de amplios debates como los que produjo la Comisión de Reforma y Modernización del Estado, COPRyME en el primer gobierno de Partido de la Liberación Dominicana, PLD 1996-2000, y el producido por el Consejo Nacional de Reforma del Estado, CONARE, durante el gobierno del Partido Revolucionario Dominicano, PRD del 2000-2004. 

A dos años del gobierno encabezado por Hipólito Mejía inició aprestos para modificar la Constitución, en lo referente a la reelección presidencial para facilitar su repostulación para el período 2004-2008. Esa misma fuerza política fue incapaz de cambiar el texto constitucional balaguerista de 1966-1994, el más largo en la historia republicana. Ahora, al calor del reeleccionismo y aprovechando los proyectos avanzados por la COPRyME, impulsa desde su heredera, el CONARE, consultas e iniciativas tendentes a modificar la Carta Magna de 1994 para continuar ese derrotero hasta hoy.

La reelección o no reelección presidencial aparece siempre, como telón de fondo y elemento altisonante. De indefinida en tiempos del Dr. Joaquín Balaguer, pasó a permitirse en dos períodos y nunca más en 2010, bajo la segunda presidencia del Dr. Leonel Fernández. Esos esfuerzos fueron precedidos por un intenso trabajo técnico e ingentes esfuerzos intelectuales.

Es sabido, que la reforma constitucional de 2010 es una de las más completas que ha conocido República Dominicana. Claro, la mayoría de su articulado no solo es desconocido, sino que está pendiente de aplicación. Tal es el caso de los derechos sociales, culturales, medioambientales y políticos. La Carta Magna de 2010 establece modalidades de participación como el Plebiscito y el referéndum que mandan la creación de legislaciones específicas para regularlos, y 14 años después, no se ha cumplido esa disposición y esas figuras quedan como decoro en el texto constitucional.

El texto de 2010 fue modificado en 2015 para permitir la repostulación del presidente Lic. Danilo Medina Sánchez, del PLD. El mismo partido que incluye “dos períodos y nunca más”, lo elimina. Esa es una expresión clara, de la “arritmia histórica”, a que hizo referencia el líder fundador de esa organización política, el destacado escritor y estadista profesor Juan Emilio Bosch Gaviño. También es muestra de falta de coherencia e involución doctrinaria.

Con tres reformas en lo que va de siglo, ahora se abre la posibilidad de una nueva modificación constitucional impulsada desde el gobierno del Partido Revolucionario Moderno, PRM. El presidente Luis Abinader es quien motiva y defiende la necesidad de reforma, incluso ha instruido a la Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo para presentar una propuesta de Ley que declare la necesidad de modificación y los puntos en la que esta haría énfasis. La oposición política se muestra recelosa, especialmente, la que comparte el poder con el gobierno de turno. 

Una vez iniciado el debate, lo ideal es que se cree una comisión que articule a diversos sectores para, no solo estudiar la pertinencia, sino evaluar los asuntos pendientes de cumplimiento en el texto vigente. El evidente y preocupante desconocimiento e incumplimiento de postulados fundamental de la Constitución de la República es un escollo para quienes impulsan la reforma. Si no se ha cumplido con los mandatos constitucionales del texto vigente. ¿Por qué hablar de reformas y qué aspectos novedosos se pueden incluir? 

Ya que insisten en modificar la Constitución Política, el momento es propicio para hablar de cambios trascendentales en el sistema político-electoral dominicano, para adecuarlo a la exigencia de la sociedad del conocimiento y la información. Dejo aquí algunos ajustes pertinentes para iniciar el proceso de revisión, específicamente dentro del ámbito político-electoral.

1. Crear una comisión de reforma constitucional que realice un inventario de cumplimiento del texto actual y coordine la elaboración de unos lineamientos para guiar el que anticipa ser un largo y complejo proceso.

2. Diseñar e implantar un Plan Nacional de Alfabetización Cívica, poniendo énfasis en la socialización de constitución y la normativa complementaria que ponga en manos de la población los contenidos actuales y las propuestas de modificación vía Consulta Popular.Diseñar un Plan Nacional de Alfabetización Constitucional que ponga en manos de la población los contenidos actuales y las propuestas de modificación vía Consulta Popular.

3. Que los resultados de las acciones propuestas en los puntos precedentes se lleven al Consejo Económico y Social para afinar la propuesta que será sometida al Congreso Nacional, previa socialización con el liderazgo nacional.

4. Incorporar la modalidad de Asamblea Constituyente como mecanismo para reformar o modificar la Constitución de la República. Eso pondría freno a las pretensiones de quienes hacen del revisionismo constitucional un festín.

5. Un aspecto crucial dentro de las modificaciones necesarias en el ámbito político-electoral es la referente a la duración de los períodos electivos. Es urgente revisar la periodicidad de las elecciones, dado los altos costos de las campañas electorales, los altos niveles de abstención y la desestabilización que generan. Lo ideal es extender de 4 a 5 años los períodos para cada cargo y eliminar la perniciosa reelección. 

6. Incluir taxativamente, la prohibición de la reelección presidencial en todos los niveles de gobierno por más de 2 períodos. Quien cumpla un período en un cargo, que aspire a otro. Esto apunta a limitar el uso del poder y los recursos públicos para apuntalar candidaturas. 

7. Las reformas deben impactar al sistema de representación instituido, tanto en el Congreso Nacional como en los Ayuntamientos del país. Es tiempo de eliminar los privilegios a legisladores como barrilito, cofrecitos y otras prebendas ajenas a las funciones, ya que estas solo sirven para alimentar el clientelismo y otras formas de corrupción política.

8. Una cuestión fundamental es la de fortalecer los mecanismos existentes para que las autoridades electas o designadas cumplan y hagan cumplir la Constitución y las leyes. Aquí se impone hablar de la revocatoria del mandato y la inhabilitación para ejercer cargos públicos para quienes actúen al margen de lo establecido en la Carta Magna.

9. Respecto a las organizaciones políticas, cuyo referente constitucional se ubica en el artículo 216 del texto vigente, es de rigor hacer valer y ampliar las prerrogativas para fortalecer la democracia interna y superar el analfabetismo político.

10. De igual forma, se debe poner claro, que la educación cívica es una cuestión estratégica para el funcionamiento de la institucionalidad democrática y corresponde al Estado promoverla en todos los niveles del sistema educativo nacional. Además, deben tipificar y prohibir cualquier forma de acoso electoral.

11. Respecto al sufragio, debe mantenerse tal como se establecen en el artículo 208 de la Constitución vigente, “El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto”. Por tanto, no procede ni es aceptable que se imponga la obligatoriedad del voto en un país donde la corrupción política y los elevados costos de las campañas políticas impiden la postulación de quienes, aun teniendo el perfil y la legitimidad para aspirar, carecen de recursos para costear una candidatura.

12. La reforma constitucional que se haga debe contemplar la revisión de representaciones legislativas nacional, territorial y la costosa e innecesaria representación en el Parlamento Latinoamericano. Incluso, se puede hablar de la creación de congreso unicameral.

13. Establecer lineamientos claros que fortalezcan la transparencia del sistema electoral dominicano, incluida la revisión del obsoleto  método D'Hondt para la asignación de escaños; así como mecanismo funcionales que obliguen a las organizaciones políticas a compensar a la ciudadanía con un comportamiento cónsono con los fines para los que fueron establecidas. 

14. Respecto al financiamiento público a las organizaciones políticas reconocidas y las campañas electorales, es imperativo que se democratice y se regule para evitar el ingreso de recursos provenientes del crimen organizado en la política.

15. La depuración de candidatos es otro asunto de vital trascendencia. Aunque constitucionalmente, cualquiera que puede aspirar a un cargo de elección popular, la Junta Central Electoral debe garantizar que quienes aspiran cuentan con el aval ético, la legitimación social y la solvencia moral que complementan los requisitos del cargo.

16. En una eventual reforma constitucional se debe condicionar la doble vuelta o balotaje a una diferencia menor al 10% entre la primera y segunda candidatura. Esto puede evitar gastos innecesarios y evitar negociaciones clientelares.

17. Crear mecanismos funcionales para contrarrestar los conflictos de intereses y las frecuentes duplicidades de funciones que se dan en la administración pública.

18. Respecto a la celebración de las elecciones se valorar la posibilidad de que se realicen un mismo día en todo el territorio nacional y en el exterior para aprovechar la logística. Los costos asociados a las mismas obligan repensar la modalidad actual.

19. Para que la reforma político-electoral sirva de referente y contribuya a resolver las falencias que afectan al sistema actual, es necesario que se codifique la normativa, que sea socializada y se respete la normativa que lo rige.

20. El texto resultante de una virtual reforma constitucional debe dejar claramente establecido mecanismo institucionales y normativos que permitan a la ciudadanía ejercer el sufragio de forma segura, fácil y rápida.

La cantidad de modificaciones y la experiencia acumulada durante 180 años de haberse proclamado la primera Constitución deben servir para evitar errores e inobservancias que pongan en riesgo los derechos y conquistas alcanzados hasta este momento. Las modificaciones, del tipo que sean, tienen que fortalecer la institucionalidad democrática y apuntalar el desarrollo integral de la sociedad dominicana.

Los aprestos para reformar la Constitución Política del país generan tensiones que colocan la cuestión en perspectiva, especialmente porque se pretende asociar la Reforma Constitucional a una Reforma Fiscal. Ambos esfuerzos, deben ser producto del mayor consenso político y social. Ya se están dando discusiones que dejan ver las tendencias discursivas sobre la próxima reforma constitucional.

martes, 4 de junio de 2024

SUFRAGIO VOLUNTARIO SIEMPRE, VOTO OBLIGATORIO NUNCA.

“Mientras no se escarmiente a los traidores como se debe, los buenos y verdaderos dominicanos serán víctimas de sus maquinaciones”. Juan Pablo Duarte.

El crecimiento sostenido de la abstención electoral en República Dominicana ha disparado las alarmas de sectores vinculados al quehacer político. En el l último proceso comicial celebrado el 19 de mayo 2024, la abstención superó el 45 por ciento, la más alta en la historia electoral del país, abriendo un debate extemporáneo sobre la pertinencia o no de hacer obligatorio el voto, sin profundizar en las causas que provoca el desencanto con la política y el sistema que la sostiene.

Con respecto al ejercicio del sufragio, la Constitución Política de República Dominicana establece en su artículo 208 que, “Es un derecho y un deber de ciudadanas y ciudadanos el ejercicio del sufragio para elegir a las autoridades de gobierno y para participar en referendos. El voto es personal, libre, directo y secreto. Nadie puede ser obligado o coaccionado, bajo ningún pretexto, en el ejercicio de su derecho al sufragio ni a revelar su voto”.  Especifica su párrafo único que “No tienen derecho al sufragio los miembros de las Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional, ni quienes hayan perdido los derechos de ciudadanía o se encuentren suspendidos en tales derechos”.

La abstención electoral tiene raíces profundas que incluyen, corrupción política generalizada, elevados niveles de analfabetismo cívico, descontento, desmotivación, indiferencia y rechazo al accionar del liderazgo político en un momento determinado. Pero, además, pude ser interpretado como forma de desobediencia cívica ante modelos políticos corrompidos, clientelares, caudillistas y asistencialistas.

El abstencionismo electoral, el voto en blanco o el rayado intencional de boletas pueden convertirse en opciones para romper el cerco que imponen las cúpulas partidarias a la población y rechazar las diversas formas de acoso electoral que se evidencian en el país. En otras épocas, el país vivió momentos de terrorismo de Estado, represión e intolerancia política que impedía el libre ejercicio del sufragio. Como respuesta, las fuerzas progresistas, socialistas y revolucionarias llamaban a la abstención electoral como forma de protesta contra el sistema impuesto.

Durante los gobiernos autoritarios y dictatoriales de Los Trujillo y su heredero el Dr. Joaquín Balaguer, el voto servía para muy poco. Hoy el abstencionismo tiene otros matices. La gente no solo se abstiene de votar, sino de postularse a cargos electivos dado los elevados gastos de las campañas electorales, la incapacidad de la Junta Central Electoral, la falta de compromiso del liderazgo social y la corrupción política. Gente honesta, bien formada, con vocación de servicio y regios principios éticos se aleja de la política dejando camino libre a los mercaderes e improvisados.

Como señala Rodrigo Borja Cavallo, “El sufragio obligatorio, en el orden práctico, es una escuela de educación cívica para los ciudadanos, que se ven precisados a preocuparse de los asuntos públicos. Busca además asegurar la legitimidad de los gobernantes amenazada por el indiferentismo electoral y evitar que los partidos políticos pequeños, sin opción de éxito, apuesten a la abstención electoral, conspiren contra la democracia política y se apropien de los inevitables índices de deserción como si fueran respuestas a sus consignas”.

Partiendo de esa premisa y viendo modelos donde votar es obligatorio, los resultados de la obligatoriedad no impactado en la calidad de la democracia. Por tanto, las fallas de un sistema se corrigen transformando el sistema y eso se logra cuando la gente siente que quienes le representan se identifican con las necesidades de la gente. Obligatorio o voluntario, el ejercicio al sufragio es un derecho, aun cuando se elige no elegir.

Si la gente ve la política como una actividad denigrante, dado el lucrativo negocio en que la han convertido quienes tienen la responsabilidad de adecentarla, la receta no es hacer obligatorio un derecho sino imponiendo sanciones drásticas a quienes cometan delitos electorales, praciquen acoso electoral o perviertan contra la institucionalidad democrática. Eso la degradación cívica y la inhabilitación para ejercer cargos públicos, establecida en el artículo 146 de la Constitución de la República y en las normas complementarias. Un sistema político corrupto, no puede obligar a la gente a corromperse. La fiebre no está en las sábanas.

La institucionalidad democrática requiere que las organizaciones políticas cumplan con los procesos instituido en la normativa que las rige, partiendo de la Constitución de la República que en su artículo 216 establece claramente, los fines y propósitos de estas entidades. La cuestión está, en que no cumplen, y quien no cumple, no puede obligar a otros a cumplir. Por que como dijo Juan Pablo Duarte, Lo que la ley no prohíbe, ninguna persona, sea o no sea autoridad, tiene derecho a prohibirlo”.

El sistema político dominicano está enfermo y la abstención es un síntoma grave. Para curar esa infección se requiere cambiar las prácticas perversa de hacer y ejercer la política que prima en el país. Erradicar el transfuguismo, el nepotismo, el clientelismo, el caudillismo o cualquier otra forma de corrupción política es un paso en el largo camino hacia la institucionalización y modernización de la política dominicana.

Un sistema político-electoral donde las campañas electorales son continua y costosas, la corrupción política es sistemática y la ética política solo es discurso, genera desesperanza, desencanto y descontento. Para avanzar es necesario cambiar la cultura y la práctica política pervertidora, no obligar a ejercer el derecho al sufragio, que constitucionalmente es libre, secreto y personal.

Si el creciente abstencionismo electoral que se ha expresado lo que va de siglo obedece a fallas estructurales que afectan al sistema político democrático, lo correcto es impulsar una transformación del sistema, no imponer la obligatoriedad del voto. Obligado es rendir cuentas, cumplir la Constitución y las Leyes; así como garantizar los derechos, sociales, económicos, políticos, medioambientales y culturales, y, sin embargo, entre el dicho y el hecho es enorme el trecho.

Respetar la Función Pública, los procesos instituidos y rendir cuenta son mandatos claros, que pocas veces se cumplen. Además, son frecuente los conflictos de intereses, la violación de las normas para asegurar privilegios a quienes gobiernan o a sus representados; así como los frecuentes casos de incompatibilidades forman un coctel de prácticas corruptas que la gente se niega a legitimar con su voto.

A lo anteriormente expuesto se suma, la violación continua del régimen ético y disciplinario, el incumplimiento al entramado normativo, especialmente aquel que tiene un fuerte sustento constitucional, como el sistema nacional de inversión pública, la Estrategia Nacional de Desarrollo, las cuestiones vinculadas a los mecanismos de participación y aquellas que rigen los ayuntamientos del país. Todo eso, sumado al oportunismo político y a la inobservancia a las normas que rige el sistema político-electoral dominicano.   

Insisto, si la abstención electoral está ratificando el rechazo de la gente a la forma de hacer política de un liderazgo que se coloca por encima de las leyes, la respuesta no puede ni debe ser imponer la obligatoriedad del voto. Y en los países donde el liderazgo político se coloca por encima de las leyes no hay institucionalidad que funcione. El voto razonado, incluye el rechazo de las ofertas electorales que no satisfacen las expectativas del elector.

Claro, los debates entorno al asunto, apuntan a una reforma constitucional, que es la única forma de cambiar la modalidad actual. Por tanto, hablar del tema en un proceso de transición despierta suspicacia. Por eso es extemporáneo plantear la discusión en el período de transición, dada la complejidad e importancia del derecho al sufragio. Los derechos políticos son conquistas, no imposiciones de las élites que tienen el control del poder y ejercerlos es cuestión de voluntad.

Si quienes han propuesto el proyecto de ley, que desde ya es inconstitucional, creen que la solución es esa, encontrarán el rechazo de la sociedad. Se está proponiendo desde un Poder del Estado, que no cumple a medias sus funciones y que ha tolerado en su seno, a personas cuestionadas y juzgadas por vínculos con el narcotráfico y otros delitos. Eso también es tema de discusión.

Tan lejos han llegado con su propuesta inconstitucional, que pretenden eliminar “las ayudas sociales” que dan los gobiernos o impedir el acceso a la función pública, entre otras acciones, a quienes no ejerzan el derecho al voto como se puede leer en esta reseña https://www.diariolibre.com/politica/partidos/2024/06/03/diputados-proponen-quitar-ayudas-sociales-a-quienes-no-voten/2743089.

Los proponentes pretenden atentar contra derechos políticos constitucionalmente garantizado. Claro, ojalá en la reforma constitucional que se avecina se pueda negociar con los legisladores para unificación de las cámaras, la reducción del número de legisladores y eliminar el financiamiento público de las organizaciones políticas y los fondos que reciben del erario para desarrollar actividades ajenas a sus funciones. Después de todo, hablando la gente se entiende.

En una democracia formal electoralista como la nuestra, lo ideal es trabajar para cualificar la representación, activar los mecanismos de participación popular, exigir rendición de cuentas e imponer sanciones drásticas a quienes no lo hagan. Así mismo, es importante que la Junta Central Electoral depure y valide las candidaturas propuestas y que las organizaciones políticas formen a su liderazgo y apliquen sus normas estatutarias.

Es bien sabido, que, aunque la corrupción está proscrita constitucionalmente, en todas sus expresiones, la política está impactada y permeada por ese flagelo. Eso debería preocupar y ocupar al liderazgo político. Si quiere que la gente se motive a participar activamente en la política, tienen que trabajar para corregir y eliminar los males que provocan el creciente abstencionismo.

Parar el abstencionismo exige que la gente se forme cívica y políticamente para que las candidaturas propuestas tengan legitimidad social y solvencia moral probada. Urge que el liderazgo de sociedad civil, organizaciones políticas y la Junta Central Electoral trabajen para modernizar, transparentar e institucionalizar el sistema político-electoral.

El sufragio universal es el mecanismo de legitimación de las autoridades de elección popular y el mejor medio para transformar la institucionalidad democrática. Es el medio más idóneo para fortalecer la cultura cívica y evitar el autoritarismo, pero no puede ser una patente de corso para hacer con el poder delegado lo que plazca. Debe haber mecanismo de revocar el mandato y eso es parte del debate. Hasta entonces, el sufragio debe ser voluntario, nunca una imposición.